¿Sabes cómo cancelar un seguro correctamente?

En muchas ocasiones los consumidores continuamos con un seguro que no nos interesa, que no cubre nuestras exigencias y expectativas, únicamente porque nos da “pereza” cambiar de seguro, creyendo que este proceso es tedioso y complicado. Y en realidad no lo es. En este artículo te vamos a explicar de qué manera puedes cancelar correctamente un seguro para, posteriormente, tener las manos libres para buscar y contratar otro que sí se adecue a nuestras necesidades.

Conocer los plazos de cancelación

Se recomienda siempre hacerlo de manera fehaciente. Esto es, que quede constancia documental de que hemos hecho la petición de baja. Pero, por supuesto, si no cumplimos los plazos estaríamos cometiendo un grave error, puesto que es probable que la compañía no quiera aceptar nuestra solicitud alegando que estamos fuera de plazo.

Los plazos que marca la ley son diferentes dependiendo si la petición de baja la hace la compañía aseguradora o el asegurado:

  • Si la petición de baja surge de la compañía aseguradora: tendrá que informar al asegurado de que se le va a dar de baja el servicio con una antelación mínima de 2 meses respecto de la fecha de conclusión del contrato.
  • Si la petición de baja surge por parte del asegurado: tiene que informar a su compañía con al menos 1 mes de antelación respecto a la fecha de conclusión del contrato.

Cuáles son las vías de comunicación apropiadas

Como ya hemos dicho, una vía de comunicación fehaciente es aquella que deja constancia documental de lo que se ha solicitado. Es la fórmula más segura y fiable para asegurarnos de que la compañía es conocedora de nuestras intenciones de baja. Las principales vías son:

  • Por escrito: el consumidor redacta la solicitud de baja y la presenta por duplicado en la oficina de la aseguradora o mediador, siempre exigiendo sello y fecha en cada una de las copias. No se pueden negar a aceptar esta comunicación; en caso contrario, se puede interponer una hoja de reclamaciones contra la aseguradora.
  • Por burofax: es un medio muy seguro para poder hacer comunicaciones fehacientes, y admite la forma presencial y  online. El receptor firma la recepción del documento, y suele tener un coste cercano a los 10 euros.
  • Por correo electrónico: el consumidor expone la solicitud vía correo electrónico con acuse de recibo, para asegurarnos la correcta recepción de la solicitud.
  • Por teléfono: siempre que el consumidor haga este trámite por teléfono es recomendable que grabe la llamada, y no está obligado a avisar de que lo está haciendo. Esa grabación puede ser muy útil para asegurar nuestra postura en caso de conflicto.
  • A través de un formulario web: muchas compañías tienen su propio formulario para causar baja, o incluso a través de un proceso telemático en la propia web de la aseguradora.

En todo caso, e independientemente de la opción que elijas, asegúrate de tener las espaldas cubiertas por lo que pueda pasar, y eso se hace teniendo un respaldo documental que acredite la presentación del documento de baja a la aseguradora.

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